24/10/2025
🌈Desde Yumbel queremos compartir esta información sobre el reclamo del nomenclador de discapacidad:
Los prestadores que brindamos atención a personas con discapacidad: profesionales de salud - instituciones – MAI /AT y transportistas, estamos trabajando bajo las normativas que plantean las obras sociales a fin de que ellas puedan gestionar el reintegro del S.U.R. (sistema único de reintegros) de la SSS y la Andis y recién cuando lo reciben – 60 o 90 días después - comienzan a transferir los pagos.
• El S.U.R. fue creado por Resolución Nº 1200/2012 de la SSS y se reglamentó con otras normativas, como la Resolución 1048/2014, que establecieron el procedimiento para que las obras sociales solicitaran los reintegros.
De tal forma, hace trece años que venimos cumplimentando requerimientos administrativos en cuanto a forma de presentaciones de informes de admisiones- evaluaciones – planes de tratamientos - presupuestos y formas de presentar facturaciones. Para después esperar los dos o tres meses a que se efectivice el pago.
Las actualizaciones del valor de las prestaciones han sido asistemáticas y por debajo del costo de vida, con porcentajes paupérrimos, sobre todo después de la pandemia. La inflación ha destruido los honorarios y ahora, aunque se ha desacelerado, hace un año que no se recibe aumento.
El Equipo terapéutico Kinti – provincia de Bs As - ha encontrado una forma de graficar este funcionamiento.