12/12/2025
• El Colegio de Kinesiólogos de Entre Ríos (CoKER), en cumplimiento de las atribuciones conferidas por la legislación vigente relativa al control, regulación y fiscalización del ejercicio profesional de la Kinesiología en la provincia informa que:
La quiropraxia y la osteopatía no constituyen profesiones autónomas reconocidas como tales por la normativa sanitaria vigente a nivel nacional ni provincial. En consecuencia, tales disciplinas solo pueden ser ejercidas como prácticas complementarias y dependientes del título habilitante de Kinesiólogo/a o Licenciado/a en Kinesiología y Fisiatría, en tanto se encuadran dentro de los procedimientos manuales y terapéuticos propios del campo profesional.
Asimismo, informamos que en esta jurisdicción dichas prácticas se reconocen como formaciones de posgrado, cuya realización requiere contar previamente con el título universitario que habilita el ejercicio profesional de la Kinesiología, siendo este Colegio la autoridad competente para regular, matricular, supervisar y controlar la actividad en toda la provincia de Entre Ríos.
En virtud de lo expuesto, se recuerda que toda persona que desarrolle intervenciones de quiropraxia u osteopatía en el territorio provincial deberá estar debidamente matriculada en el CoKER, independientemente de los cursos, certificaciones o avales emitidos por asociaciones o entidades privadas.
Ello garantiza la protección de la salud pública, el resguardo del marco legal vigente y la seguridad de los pacientes.