29/10/2025
Quién trata de imponer barreras a la libertad de expresión?
¡ALTO A LA REPRESIÓN! La Libertad de Expresión y la Acción Sindical: ¡Derechos INNEGOCIABLES!
Desde la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT), en el ejercicio irrenunciable de nuestra legítima defensa de los derechos de los y las empleados públicos y de la propia esencia democrática, lanzamos una advertencia contundente ante los inaceptables indicios que apuntan a que la Dirección Política de Recursos Humanos está implementando o valorando acciones destinadas a amordazar la voz de los empleados públicos y de sus representantes sindicales, singularmente en lo que concierne a la crítica a la gestión política y corporativa.
¡Que quede absolutamente claro! La libertad sindical y la libertad de expresión no son un favor, una mera cortesía de responsables políticos o directivos. Son DERECHOS FUNDAMENTALES blindados, la médula espinal de nuestro Estado de Derecho.
A quienes intentan pisotear la esfera de la crítica y la disidencia, les recordamos el carácter coercitivo e ineludible de nuestro ordenamiento jurídico: La Constitución Española (CE) en su artículo 20 reconoce el derecho a expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones, y el artículo 28.1 garantiza la libertad sindical. En el ámbito laboral, el Tribunal Constitucional ha establecido que estos derechos se integran y se potencian mutuamente en la acción sindical.
Así mismo la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) establece el derecho a la actividad sindical (Art. 2.1.d) incluye ineludiblemente la posibilidad de emitir opiniones, información y críticas relativas al ámbito de la empresa y a la defensa de los intereses de los trabajadores.
Por último la doctrina judicial es clara al establecer que la libertad de expresión en el ejercicio de la actividad sindical goza de una protección reforzada, priorizándose sobre otros derechos como el honor de las personas jurídicas (la empresa o sus órganos directivos), siempre y cuando las expresiones no sean intrínsecamente injuriosas, vejatorias o desproporcionadas al fin perseguido. En un contexto de conflicto o debate laboral, se admite un mayor grado de acritud y crítica que en otras esferas.
Intentar silenciar, coartar o deslegitimar la crítica a la gestión (incluyendo la política, la de la dirección o la de RRHH) es, de facto, un acto antisindical. Fiscalizar, debatir abiertamente y contrastar las decisiones que impactan en las condiciones laborales, económicas y sociales del personal es la razón de ser de nuestra representatividad.
¡Advertimos! Cualquier movimiento para reprimir la libertad de expresión sindical constituye una intromisión flagrante en la democracia interna y una amenaza directa a los derechos fundamentales. UGT NO LO VA a consentir, NO LO VAMOS a tolerar y lo combatiremos con toda la firmeza legal y social a nuestro alcance.
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