22/10/2016
USUCAPIÓN
(PRESCRIPCIÓN POSITIVA)
La USUCAPIÓN es la facultad que otorga la ley para ADJUDICARSE UN BIEN POR EL PASO DEL TIEMPO, siendo necesarios los siguientes requisitos:
1.- TENER POSESIÓN DEL INMUEBLE
2.- EN CONCEPTO DE PROPIETARIO
3.-PACIFICA
4.- CONTINUA
5.- PÚBLICA
Pongamos un ejemplo:
Una persona ve una casa y que nadie la habita, un día se mete y empieza a vivir ahí, nadie le dice nada, (POSESIÓN), pasan los meses y ya le empieza a hacer arreglos menores, otra vez nadie le dice nada, entonces ya le hace arreglos mayores y todos los vecinos empiezan a verlo y reconocerlo y suponen que es el DUEÑO, por que vive ahí y arregla la casa (CONCEPTO DE PROPIETARIO).
Al haber entrado sin que nadie le dijera nada entró de manera PACÍFICA.
Al estar habitando ahí sin salirse, es algo que hace de manera CONTINUA.
Los vecinos al verlo que entra, sale, se va a trabajar, regresa, que ahí vive, que lo conocen, que saben como se llama, lo hace de manera PÚBLICA.
Por lo que reuniendo todos esos requisitos la ley le da la facultad de ADJUDICARSE EL BIEN Y PODER ESCRITURARLO A SU NOMBRE.
En el estado de Tamaulipas el tiempo que debe pasar son:
I.- EN CINCO AÑOS, CUANDO SE POSEEN DE BUENA FE:
II.- EN CINCO AÑOS, CUANDO LOS INMUEBLES HAYAN SIDO OBJETO DE UNA INSCRIPCION DE POSESION:
III.- EN DIEZ AÑOS, CUANDO SE POSEAN DE MALA FE.
-Reuniendo los requisitos de
I.- ADQUIRIDA Y DISFRUTADA EN CONCEPTO DE PROPIETARIO;
II.- PACIFICA;
III.- CONTINUA;
IV.- PUBLICA.
Es importante señalar que la propiedad de cualquier cosa, se PIERDE POR ABANDONO.
SI TIENES DUDAS, ¡LLÁMENOS!