Seguridad Táctica Peruana - SETA

Seguridad Táctica Peruana - SETA Protección Ejecutiva
Capacitación, Entrenamiento
Asesoría Integral
Inteligencia Empresarial

Empresa dedicada a la Capacitacion Entrenamiento Servicio de Prevencion Asesoramiento.Custodias y Servicios Generales relacionadas a la proteccion Empresarial y personal en ambitos de seguridad Fisica Electronica y de Salud Ocupacional
Traslados y acompañamientos personal y empreaarial
Realidad en la practica Eficacia en la accion
LA SEGURIDAD A OTRO NIVEL

28/11/2025
27/11/2025
27/11/2025

Ante la difusion de campaña ( extraído de internet)

Votos Blancos:

- Son aquellos votos que se emiten en blanco, es decir, sin marcar ninguna opción.
- Se contabilizan como votos válidos, pero no se atribuyen a ningún candidato o partido político.
- Según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859), los votos blancos se consideran como una expresión de voluntad del elector y se contabilizan para determinar el porcentaje de votos válidos.

Votos Nulos:

- Son aquellos votos que se emiten de manera incorrecta o que no cumplen con los requisitos establecidos por la ley electoral.
- Se contabilizan como votos no válidos y no se atribuyen a ningún candidato o partido político.
- Los votos nulos pueden ser:
- Votos con marcas o anotaciones que no corresponden a la opción elegida.
- Votos con más de una opción marcada.
- Votos con errores en la marca o en la escritura del nombre del candidato o partido político.

Consecuencias:

- Los votos blancos y nulos no se contabilizan para determinar el ganador de la elección.
- Sin embargo, pueden influir en el resultado final si el margen de victoria es muy estrecho.
- En algunos casos, los votos blancos y nulos pueden ser motivo de impugnación o nulidad de la elección, si se considera que han afectado el resultado final.

Es importante destacar que la contabilización de los votos blancos y nulos se realiza de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) del Perú.

20/11/2025
Un requisito que ya no es aplicable para la legítima defensa en Perú. Anteriormente, se exigía la proporcionalidad de lo...
19/11/2025

Un requisito que ya no es aplicable para la legítima defensa en Perú.
Anteriormente, se exigía la proporcionalidad de los medios empleados para la defensa, pero esta exigencia fue eliminada en 2003. Ahora, se considera la necesidad racional del medio empleado, teniendo en cuenta factores como la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios disponibles para la defensa

Dirección

Lima

Teléfono

+51972913100

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Seguridad Táctica Peruana - SETA publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto El Consultorio

Enviar un mensaje a Seguridad Táctica Peruana - SETA:

Compartir

Share on Facebook Share on Twitter Share on LinkedIn
Share on Pinterest Share on Reddit Share via Email
Share on WhatsApp Share on Instagram Share on Telegram