02/12/2025
✔️ ¿Sabías que si cumplís en término con tus obligaciones previsionales podés acceder al beneficio al "Buen Pagador"?
Este beneficio, previsto en la Res. de Directorio N° 3203 otorga a los afiliados un plazo adicional al dispuesto en el Art.59 de la Ley 9005, contando con 45 días corridos desde la notificación semestral para regularizar el saldo sin abonar intereses ni actualizaciones.
👉 ¿Quiénes califican?
Quienes hayan cumplido en termino con sus aportes previsionales en los últimos 3 semestres, inmediatos al semestre notificado.
👉 ¿Tenés deuda previa en Gestión de Cobro?
Debe estar regularizada mediante convenio vigente al dia.
👉 ¿Cómo se abona?
☑️ Boleta de pago contado
☑️ Convenio de pago
Un beneficio pensado para acompañar el esfuerzo y compromiso de los afiliados que cumplen regularmente sus obligaciones previsionales.