Estudio MV & Asociados

Estudio MV &  Asociados Servicio de Asesoramiento a Empresas

31/01/2019
03/05/2017

UTILIZACIÓN DE POSTNET

Todos los comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento tendrán que cumplir con la obligación de aceptar tarjeta de débito para sus operaciones, en un proceso que comenzará en abril y culminará en diciembre
Cómo es el cronograma:
-A partir del 30 de abril próximo, todos los comercios, mayoristas o minoristas, hoteles y restaurantes, con ingresos mayores o iguales a $4 millones facturados en el período fiscal 2015 deberán contar con el sistema posnet para facturar sus operaciones con tarjeta de débito.
-Quienes hayan facturado entre $1 y $4 millones, lo deberán hacer a partir de mayo.
-En tanto que aquellos comercios y establecimientos que registraron montos menores, lo tendrán que hacer a partir del 30 de junio.
PARA EL CASO DE: profesionales, centros de salud, de cultura, deportes y de entretenimientos:
-Tendrán que usar el sistema posnet a partir del 31 de julio en los casos que la facturación haya superado los $4 millones en el período fiscal 2015.
-En tanto, a partir del 31 de agosto comenzará a correr el plazo para quienes facturaron entre $1 y $4 millones.
-Finalmente, el 30 de septiembre para los que facturaron menos de $1 millón.
El resto de los contribuyentes, siempre con la escala de ingresos antedicha, deberán utilizar el sistema posnet a partir del 31 de octubre, 30 de noviembre, y 31 de diciembre, respectivamente.

02/05/2017

El Banco Central elimina los límites para realizar transferencias bancarias

El Banco Central de la República Argentina informa que eliminará los límites en los montos de las transferencias bancarias si sus clientes así lo solicitan para realizar una operación en particular.

De este modo, un cliente podrá avisarle a su banco que un determinado día desea realizar una transferencia por encima de su límite habitual. Ante esa solicitud, el banco deberá habilitar la operación sin límite de montos en el horario de 9 a 18 del día indicado.

La medida entrará en vigencia de forma inmediata en caso de que el pedido del cliente se haga en forma personal. A su vez, los bancos tendrán 120 días para poner a disposición de sus clientes los mecanismos necesarios para que el pedido se pueda hacer por homebanking u otras vías electrónicas.

25/04/2017

Exención de cajas de ahorro de personas humanas en su carácter de empleadores

Se exime del impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias a las cajas de ahorro de personas humanas en su carácter de empleadores, por los fondos derivados para el pago de remuneraciones de sus empleados

21/04/2017

Clave fiscal.
Obtención y blanqueo a través de entidades bancarias

Se efectúan modificaciones referidas a la obtención y blanqueo de la clave fiscal.
En tal sentido:
* Se incorporan en el texto de la resolución general las disposiciones que posibilitan obtener la clave fiscal con nivel de seguridad 2 a través del servicio de homebanking de las entidades bancarias;
* Se establece la posibilidad de blanquear la contraseña de la clave fiscal a través de cajeros automáticos, conservando el nivel de seguridad 3 en aquellos casos en que se hubiera obtenido ese nivel de seguridad de forma previa al blanqueo de la contraseña;
* Se elimina el requisito de actualizar la fotografía, firma, huella dactilar, documento de identidad y/o clave fiscal, y ratificar nuevamente los datos biométricos por parte de aquellas personas fisicas que soliciten el blanqueo de la clave fiscal.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 18/4/2017, y el blanqueo de la clave fiscal por medio de cajeros automáticos será aplicable a partir de que la entidad bancaria habilite dicha funcionalidad.

19/04/2017

Programa Crédito para la Formación Profesional.
Reglamentación

Se reglamenta el Programa Crédito para la Formación Profesional, el cual tendrá por objeto el fortalecimiento de las competencias laborales de trabajadores ocupados y las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados, contribuyendo a la productividad y competitividad de empresas y cooperativas de trabajo.
El presente Programa se implementará a través de la ejecución de propuestas por parte de empresas y cooperativas de trabajo, que comprendan las siguientes líneas de acción:
1) formación profesional;
2) nivelación y certificación de estudios de nivel primario, secundario, terciario o de nivel superior;
3) procesos de evaluación y certificación de competencias laborales;
4) prácticas formativas de entrenamiento para el trabajo para desocupados;
5) fortalecimiento y/o certificación de la calidad de gestión de instituciones de formación profesional;
6) actividades destinadas a la mejora de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, y
7) procesos de evaluación y certificación de la calidad de procesos y productos.
Asimismo, las empresas o cooperativas de trabajo podrán financiar propuestas mediante el presente Programa por importes porcentuales sobre la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones, y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los 12 meses previos a la presentación de la propuesta.
Por otra parte, las empresas o cooperativas de trabajo podrán obtener un certificado de crédito fiscal sobre los gastos previstos en propuestas aprobadas, que sean ejecutados, supervisados y rendidos. Dichos certificados serán emitidos por la Dirección General de Administración del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y solo podrán ser utilizados para la cancelación de obligaciones fiscales emergentes del impuesto a las ganancias, impuesto a la ganancia mínima presunta, impuesto al valor agregado (IVA) y/o impuestos internos, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, quedando expresamente excluidos los impuestos o gravámenes destinados a la Seguridad Social.

18/04/2017

Ganancias - Bienes personales.
Novedades del aplicativo a utilizar para el año fiscal 2016

La AFIP informó, en el espacio consultivo del que participan entidades profesionales de ciencias económicas, que para liquidar el impuesto sobre los bienes personales del año fiscal 2016 se utilizará una aplicación online, y no se hará a través de la plataforma SIAP, donde se seguirá liquidando el impuesto a las ganancias.

En tal sentido, afirmaron que la aplicación web estará disponible ya entrado el mes de mayo de 2017.

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