01/09/2025
Basados en la normatividad colombiana, especialmente la Ley 100 de 1993, la Resolución 2063 de 2017 y lineamientos de participación social en salud):
✅ Requisitos para ser candidato a representante de los usuarios ante la Junta Directiva de un hospital de primer nivel
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1. Ser usuario activo de los servicios de la ESE (hospital de primer nivel) o ser representante legal de una asociación de usuarios debidamente constituida.
2. Ser mayor de edad (18 años cumplidos).
3. Estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (régimen contributivo o subsidiado).
4. No tener inhabilidades ni incompatibilidades para contratar o ejercer cargos públicos (ejemplo: no estar sancionado disciplinariamente, penalmente o fiscalmente).
5. No ser funcionario ni contratista de la ESE donde se hará la elección.
6. Acreditar experiencia o participación en procesos de participación social en salud (como ser parte activa de la asociación de usuarios, veedurías, comités de participación comunitaria, etc.).
7. Presentar hoja de vida y documentos de soporte en la convocatoria que realice el hospital (normalmente incluyen: cédula, certificación de afiliación, certificación de la asociación de usuarios si aplica).
8. Ser postulado oficialmente por la Asociación de Usuarios reconocida en la ESE, o por escrito si es elección directa de usuarios (según el reglamento del hospital).