02/01/2026
Otra sentencia por intrusismo profesional en un centro que sin ser de podología,realizaban tratamiento propios de nuestra actividad sin tener el título universitario.
Cada profesión tiene unas competencias y es común que los usuarios de estos centros desconozcan cuáles son,la podología SOLO SE PUEDE REALIZAR EN CENTROS SANITARIOS QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS,un centro de estética no es un centro sanitario,una cuidadora,no es una persona que pueda cuidar los pies de un paciente…y así con muchas situaciones que nos encontramos en el día a día más de lo que nos gustaría.
👏Desde el Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura (COPOEX) valoramos positivamente la reciente sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Orihuela (Alicante) que condena a una persona por ejercer actividades propias de la Podología sin titulación universitaria ni colegiación obligatoria, poniendo en riesgo la salud de los pacientes al realizar diagnósticos y tratamientos con instrumental sanitario sin acreditación profesional.
‼️Este tipo de prácticas no sólo vulnera la legislación sanitaria vigente, sino que puede causar daños al paciente, particularmente en personas con patologías de riesgo.
ℹ️Recordamos a la ciudadanía la importancia de verificar siempre que quien atienda la salud de los pies disponga de la titulación y colegiación correspondientes, requisitos imprescindibles para ejercer de forma segura y legal.
Más información sobre esta condena y el esfuerzo continuado del Consejo en la lucha contra el intrusismo en la podología: 👇
https://cgcop.es/condena-por-intrusismo-en-la-podologia/