30/04/2021
Desde el jueves 29 de Abril y al menos hasta el 9 de Mayo, día que termina el estado de alarma, estarán vigentes las siguientes medidas en Andalucía:
1- Permitida la movilidad entre provincias andaluzas desde las 0 horas del jueves 29 de abril.
2- Se mantiene el cierre perimetral de la comunidad autónoma, en la que sólo se podrá entrar o salir con causa justificada.
3- Se mantiene el toque de queda entre las 23 y las 6 horas.
4- Se permite la actividad comercial, hostelería y restauración hasta las 22.30 horas *(Los bares, restaurantes y cafeterías no podrán admitir nuevos clientes desde esa hora, pero podrán permitir la estancia de los clientes que ya estuvieran dentro hasta las 23 horas. Los clientes tendrán que saber que a las 23 horas deben estar en sus domicilios).*
5- Mesas de seis en el exterior y de cuatro en el interior de establecimientos de hostelería.
6- Cierre perimetral de municipios de más de 5.000 habitantes con incidencia acumulada a 14 días de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes.
7- Cierre perimetral y de actividad no esencial de municipios en más de 5.000 habitantes con incidencia acumulada a 14 días de más de 1.000 casos por cada 100.000 habitantes.
8- El riesgo en los municipios de menos de 5.000 habitantes será evaluado de manera individualizada, pudiéndose exceptuar en ellos las medidas de los puntos 6 y 7.