04/09/2019
La Sentencia de 13 de mayo de 2.019 dictada por el Tribunal Supremo apunta como novedad, los casos en los que los padres pueden desheredar a sus hijos por despreocupación por ellos mientras estén vivos o tengan una conducta de menosprecio y abandono. Flexibiliza además el Alto Tribunal el concepto de maltrato, asimilando el maltrato psicológico al físico que se refiere el Código Civil.
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