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19/07/2024

Tribunal Supremo suspende el régimen visitas entre un padre condenado por violencia de género por considerarlo perjudicial para la menor.

La Sala entiende que los “desajustes psicológicos” que el progenitor padece actualmente le impiden desempeñar su rol paterno.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha suspendido el régimen de visitas entre un padre, condenado por violencia de género contra su mujer, con la agravante de reincidencia, y su hija al entender que los “desajustes psicológicos” que el progenitor padece actualmente le impiden desempeñar su rol paterno.
El tribunal indica que, de acuerdo con el Ministerio Fiscal, en este caso el interés de la niña exige la suspensión del régimen de comunicación establecido, sin perjuicio de que esta medida se revise si se constata un cambio de las actuales circunstancias.
La sentencia explica que el padre deberá, “si tiene un propósito serio y real de comunicarse con su hija, controlar sus impulsos y su situación de dominio derivada de una violencia de género no superada, que constituye un pésimo modelo y un manifiesto óbice de idoneidad para desempeñar el rol paterno, con respecto a una niña de cuatro años”.

La Sala estima el recurso de casación interpuesto por la madre de la menor en el que solicitaba la suspensión del régimen de visitas de padre e hija, que estaba fijado en dos visitas semanales de hora u hora y media de duración y tuteladas en el Punto de Encuentro Familiar. Un juzgado de Granadilla de Abona (Tenerife) estableció este régimen para cuando el padre saliese de prisión, donde cumplía condena por delitos continuado de quebrantamiento de condena, de maltrato y de amenazas leves en el ámbito de la violencia de género, con la agravante de reincidencia en los dos últimos delitos.
La Audiencia Provincial de Tenerife confirmó la sentencia de instancia y justificó la decisión de mantener el régimen de comunicación padre-hija en que, pese a las graves circunstancias que concurrían en el demandado, eran unas visitas de muy escasa duración, en un Punto de Encuentro y tuteladas, por lo que consideró que esas precauciones eran suficientes para evitar cualquier perjuicio para la niña y para que se normalizaran con el tiempo las relaciones paterno-filiales. La sentencia recurrida ha sido anulada por el Tribunal Supremo.

TR I B U N A L S U P R E M OInteresante STS que aborda las circunstancias en que debe atribuirse el uso de la vivienda f...
19/07/2024

TR I B U N A L S U P R E M O

Interesante STS que aborda las circunstancias en que debe atribuirse el uso de la vivienda familiar en distintos tipos de guarda y custodia (exclusiva, compartida, compartida en sistema de casa nido...) y, con hijos, de distintas edades (mayores o menores de edad) y/o con circunstancias especiales, como la discapacidad.

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. LIMITACIÓN TEMPORAL ATRIBUCIÓN DOMICILIO FAMILIAR. HIJO CON DISCAPACIDAD.

No cabe una atribución indefinida del uso de la vivienda familiar en tanto en cuanto impondría al titular del inmueble una limitación durante toda su vida, que vaciaría de contenido económico el derecho de propiedad o, al menos, lo reduciría considerablemente, en la medida en que su cese estaría condicionado a que el beneficiario mejore o recupere su capacidad, o desaparezca su situación de dependencia o vulnerabilidad. Equiparación de los hijos mayores de edad con discapacidad a los hijos menores en el uso o atribución de la vivienda familiar. Se estima el recurso de casación.

Sentencia núm. 757/2024

Sala de lo Civil Sentencia núm. 757/2024 Fecha de sentencia: 29/05/2024Tipo de procedimiento: CASACIÓNNúmero del procedimiento: 4313/2023Fallo/Acuerdo:Fecha de Votación y Fallo: 21/05/2024

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10/06/2024
18/01/2024

Custodia compartida en caso de ENFERMEDAD CRONIA QUE PRODUCE UNA VULNERABILIDAD CLINICA. AFECTACION A FUNCIONES PARENTALES

Derecho Familia por la STS 1682/2023, de 29 de Noviembre de 2023.

Establece que el interés del menor no queda garantizado mediante una custodia compartida cuando el progenitor no custodio padece enfermedad crónica que, aun presentando una evolución positiva, manifiesta una vulnerabilidad clínica que cursa con periodos de descompensación que podrían afectar al ejercicio de sus funciones parentales.

10/01/2024
21/04/2020

A partir de este miércoles, quien así lo desee podrá confirmar por internet su borrador, pero antes de hacerlo conviene revisar cómo nos afecta si tenemos casa en propiedad

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