Trabajo Social -PERU

Trabajo Social -PERU LA PROFESIÓN DE TRABAJO SOCIAL EN EL PERÚ, RECONCEPTUALIZANDO EN EL SIGLO XXI

*COMUNICADO Y DIFUSIÓN*📣 Conversatorio sobre el Proyecto de Ley N° 11765🗓 Martes 5 de agosto⏰ 11:00 a.m.📍 Edif. José Fau...
05/08/2025

*COMUNICADO Y DIFUSIÓN*

📣 Conversatorio sobre el Proyecto de Ley N° 11765
🗓 Martes 5 de agosto
⏰ 11:00 a.m.
📍 Edif. José Faustino Sánchez Carrión
Jr. Azángaro N° 468, Lima

🤝 Organizado por el Colegio de Trabajadores Sociales del Perú y el Despacho del Congresista Segundo Quiroz, rendiremos homenaje a nuestra labor y analizaremos juntos la propuesta de incorporar profesionales de Trabajo Social en empresas con más de 100 colaboradores.

🔊 ¡Tu participación es clave! Ven con tus ideas, experiencias y preguntas para construir unidos un marco legal que fortalezca la justicia social y proteja nuestro capital humano.

✅ Confirma tu asistencia en el siguiente link 👉 https://forms.gle/9b5KTEDCKt74dCfA8

¡No faltes! 🚀

— Colegio de Trabajadores Sociales del Perú | Despacho Congresal Segundo Quiroz

08/07/2025

COLEGIO DE TRABAJADORES SOCIALES DEL PERÚ
CÓDIGO DE ÉTICA TRABAJADOR SOCIAL.

El trabajo Social está basado en ideales Humanitarios y democráticos. Los Trabajadores Sociales profesionales se consagran al servicio del bienestar del género humano; su objetivo es el de brindar un servicio con honestidad y competencia.
El Código de Ética incorpora normas de conducta para el Trabajador Social frente a su profesión y en sus relaciones profesionales con aquellos a quienes sirve, con sus colegas, centro de trabajo, con otras profesiones y la comunidad.

SECCIÓN PRIMERA: Actos relacionados con la Institución

Art. 01 El Código de Ética es aplicable a todo Asistente Social o Trabajador Social por el hecho de serlo, sin importar la índole de la actividad o especialidad que desarrolle, tanto en el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas. Abarca también a los Asistentes Sociales o Trabajadores Sociales que ejerzan otras profesiones. El Asistente Social o Trabajador Social, cualquiera fuere el campo de su intervención es responsable de su conducta y considerado culpable por cometer actos en desmedro de la profesión.
SECCIÓN SEGUNDA: Actos en relación a la Profesión todo Asistente Social o Trabajador Social
frente a la profesión está obligado a:

Art. 02 Actuar profesionalmente aplicando los principios éticos y los conocimientos teóricos
metodológicos al trabajo específico que desempeña.

Art. 03 No intervenir directa o indirectamente con los usuarios, oficinas públicas, privadas o
cualquier otro organismo, para obtener un trabajo o aceptar o claramente comisiones, regalos
u otras recompensas.

Art. 04 Asumir la responsabilidad de los trabajos que son inherentes a su cargo o los que
deben ser realizados bajo su dirección.

Art. 05 No aceptar cargos para los cuales se requieren entrenamiento, aptitudes y habilidades
que están fuera de su competencia profesional.

Art. 06 Evitar que las funciones profesionales se deleguen a quienes no reúnan las condiciones
establecidas por el Cuspara el ejercicio de la profesión.

Art. 07 Emitir informes que se ajusten a la más estricta veracidad o firmar documentos cuyo
contenido haya sido verificado objetivamente.

Art. 08 No servir de testigo en hechos que no le conste personalmente y que deriven en
perjuicio de terceros.

Art. 09 Asumir su responsabilidad en la defensa de los Derechos Humanos y en la denuncia de
hechos de evidente violación.

Art. 10 Otorgar informaciones precisas sobre materia de competencia profesional a otras
colegas que soliciten información al consejo.

Art. 11 Hacer presente en las instancias que comprenda los errores, faltas limitaciones que
atentan o menoscaban los principios y fines profesionales.

SECCIÓN TERCERA: Actos relacionados con el sujeto de acción

Todo Asistente Social o Trabajador Social tiene el deber de:

Art. 12 Respetar a toda persona por su dignidad inherente y prestar sus servicios profesionales
sin distinción ni discriminación en forma oportuna cumpliendo los horarios, citas y compromisos.

Art. 13 Respetar el derecho del usuario a decidir y elegir alternativas de solución a su
problemática, siempre que con ello no se viole los derechos de terceros.

Art. 14 Guardar en reserva los datos de carácter personal o técnicos sobre asuntos confiados a
su custodia o estudio por las personas que son sujetos de intervención profesional. El secreto
profesional podrá romperse cuando:
• La justicia lo solicite expresamente en resguardo de terceros.
• Cuando el tratamiento a favor del beneficiario así lo requiera.
• Cuando se le involucre en acusaciones injustificadas y se encuentre en riesgo su
reputación o de terceros.

Art. 15 No usar los recursos de la institución, destinados a la población usuaria, en beneficio
propio o de terceros.

Art. 16 No establecer relaciones comerciales o económicas indebidas con los usuarios en y/o
de otra índole que perjudique la imagen profesional.

SECCIÓN CUARTA: Actos relacionados con el sujeto de acción todo Asistente Social o
Trabajador Social está obligado a:

Art. 17 Respetar la formación de los colegas y otros profesionales, y propiciar un ambiente de
trabajo adecuado para mejorar la calidad de los servicios que se brindan.

Art. 18 Propiciar y facilitar el intercambio de experiencias y conocimientos que contribuyan al
desarrollo de proyectos o actividades para una superación mutua.

Art. 19 Mantener una actitud legal y solidaria, defendiendo los derechos de colegas contra cualquier acción injusta y agotar las instancias internas de la Institución y del gremio profesional.

Art.20 Proteger la creación intelectual de los colegas no adjudicándose indebidamente, a
apoyando a terceros su apropiación indebida.

Art.21 No suscribir documentos o denuncias contra otro colega sin tener suficientes pruebas o
razones obvias para proceder de tal manera.

SECCIÓN QUINTA: Actos relacionados con la Institución. Todo Asistente Social o Trabajador
Social está obligado a:

Art. 22 Estar debidamente informado de los fines, objetivos y reglamentos de la institución y
administrar los recursos existentes buscando mejorar la calidad del servicio.

Art. 23 Cumplir la jornada de trabajo, según el compromiso contraído con la Institución y
presentar periódicamente informe técnico y contable de su actividad profesional.

Art. 24 Al retirarse de un servicio, hacer entrega de la documentación necesaria al jefe
respectivo y tomar las medidas más adecuadas para salvaguardar la información confidencial
de los usuarios a su cargo.

SECCIÓN SEXTA: Actos relacionados con el Personal

Todo Asistente Social o Trabajador Social que tenga persona a su cargo está obligado a:

Art. 25 Velar por el cumplimiento de las obligaciones legales concedidas por el Estado o
Políticas Institucionales.

Art. 26 Supervisar el adecuado tratamiento a las personas respetando los principios que
fundamentan la profesión y los derechos que le asisten.

Art. 27 Considerar en igual plano a todos sus subordinados, otorgando las mismas oportunidades y condiciones de trabajo, y establecer relaciones humanas sin discriminación de
su raza, credo, políticas, etc.

Art. 28 Dar a conocer a sus subalternos las políticas de la institución, fines y objetivos, así como
las funciones profesionales y toda la normatividad para un adecuado cumplimiento de sus tareas.
SECCIÓN SEPTIMA: Actos relacionados con el Colegio

Todo Asistente Social o Trabajador Social está obligado frente al Colegio:

Art. 29 Conocer profunda y ampliamente el Estatuto, Reglamento y Código de Ética del CTSP
para cumplirlos y promover su cumplimiento.

Art.30 Mantenerse al día en sus cuotas para encontrarse habilitada y ejercer legalmente la
profesión. Así mismo para recibir servicios o beneficios que se brinden.

Art. 31 Contribuir profesionalmente al fortalecimiento y mantenimiento del sistema democrático en las diferentes Asociaciones, Instituciones, Así como promover el cumplimiento
de la Constitución Política del Perú y otras disposiciones legales.

Art. 32 Participar activamente en los logros de los fines del CTSP de acuerdo a las responsabilidades que le sean asignadas y prestar su colaboración cuando se requiera.

Art. 33 Abstenerse de emitir declaraciones verbales o de otras índoles que dañen el prestigio
del Colegio o de sus dirigentes

Art. 34 Concurrir a las citaciones o manifestaciones que convoquen las autoridades del CTSP.

Art. 35 Denunciar, basado en pruebas suficientes ante el Consejo Regional respectivo a cualquier Miembro de la Orden que haya infringido el Código de Ética, el Estatuto y/o
Reglamento del CTSP.

Art. 36 Denunciar el ejercicio ilegal de la profesión y de la práctica profesional al COLEGIO DE TRABAJADORES DEL PERU.

26/06/2025

RESPUESTA A NOTA PERIODÍSTICA DE DIARIO GESTIÓN SOBRE DEROGATORIA DEL D.S. 005-2025

Estimada Dra. Pizarro Diario Gestión

Acabo de terminar de leer su artículo en el diario Gestión, en la cual soy suscriptora de hace varios años.
Soy Judith Beatriz Torres Flores, Trabajadora Social agremiada a mi Institución el Colegio de Trabajadores Sociales del Perú. CTSP N° 4992 y Trabajadora Social en el Ministerio de Salud.
Vengo realizando un trabajo arduo desde el MINSA, articulando con diversas instituciones estatales y privadas para fomentar el Bienestar Social en toda institución y organizaciones privadas o estatales.
Informarles sobre cosas elementales que significa Trabajo Social; Es una carrera con formación universitaria, con el perfil y competencias para intervenir en los problemas sociales que presenta el recurso humano o el colaborador, el paciente, los grupos y la comunidad.
Nuestra formación profesional se basa en las ciencias sociales y tiene la finalidad de atender los problemas socio económico familiares que presente el trabajador o colaborador, como en estos tiempos son denominados, dentro y fuera de la empresa, con el objetivo que el trabajador sea atendido de forma personalizada, humanizada en los diversos problemas de orden social que afecta la productividad que redunda en el cumplimiento de las metas de la empresa.
El profesional de Trabajo Social aporta al equipo multidisciplinario desde el enfoque social que debe de haber en toda empresa para de ahí trabajar de forma holística y propiciar espacios laborales libres de hostigamiento laboral, abuso de autoridad, acoso sexual, discriminación, y sobre todo atender sus problemas familiares, sus necesidades, escucharlos y evitar de esta manera estrés, suicidios, depresión entre otros.
Los Trabajadores atendidos oportunamente, se traduce que a la empresa le interesas como una persona y no eres un número más, la intervención social, redunda en el ausentismo del trabajador, ver las causas de sus problemas aplicando nuestro estudio socio económico familiar y hasta comunitario. El que nos brindara un diagnóstico social para poder realizar un plan de intervención social incluyendo la visita domiciliaria y contar con un informe social, documento legal de Trabajo Social, que otro profesional NO lo puede elaborar y menos firmar.
El Trabajo social no puede ser sustituido por ninguna otra profesión, los campos de acción están limitados por el perfil y las competencias de cada profesión.
La empresa no puede decidir quien realiza la labor que implica Bienestar Social., porque estaríamos presentando un conflicto de intereses y un bienestar irreal.
Para poder construir espacios de trabajo más diversos e inclusivos, trabajamos con enfoque de genero, enfoque preventivo para evitar o mitigar contingencias laborales, por ello; es necesario la profesión de Trabajo Social.
Por tal motivo, solicito que rectifique su nota periodística y de la importancia a la profesión de trabajo Social, que cuenta con 100 años de trabajo en Latinoamérica y 88 años en nuestro país. Considerado a nivel mundial una profesión de todos los tiempos, y en este tiempo especifico donde se han agudizado las relaciones laborales, donde vemos a diario necesidades sociales reflejadas en las noticias, sindicatos que luchan por sus derechos básicos, etc ; es necesario realizar un análisis real de la situación, desde el lugar de los trabajadores que merecen trabajar y ser atendidos en sus necesidades y contar con condiciones laborales adecuadas dentro de un enfoque de trabajo decente.
Agradeceré mucho el respeto a la profesión de trabajo social y los tiempos pasan, pero las necesidades de un ser humano no cambian, para vivir no solo se come, se viste, necesita una vivienda, con servicios básicos. La familia y las relaciones familiares siempre estarán ahí con muchos conflictos y problemas, el mundo no es estática siempre está en movimiento que nos exige estar frente a los desafíos sociales.
Le sugerimos que acuda a su institución donde labora, seguro existe una Escuela de Trabajo Social, donde contara con toda la argumentación necesaria para comprender la importancia del TRABAJO SOCIAL.

Atentamente,

Lic. Judith Beatriz Torres Flores
Trabajadora Social
C.T.S.P. N° 4992
DNI : 09273637
Judithtorresflores .com
Cel. 9962376

24/06/2025

Día lunes 16 Junio al, conocer la Derogatoria del D.S. 009-1965 en la cual normaba que por 100 trabajadores en un empresa se debe de contar con un Trabajador Social o Asistente Social indignación Total de todos los Trabajadores Sociales del Perú . Haciendo abogacía con los dirigentes trabajadores de diversos sindicatos de empresas que están en lucha . No pararemos hasta que Deroguen el D.S. 005-2025 TR. Sigamos adelante .

Realizando abogacía con con grecista Ruth Luque para su apoyo para DEROGAR el D.S. No 005-2025, TODAS LAS TRABAJADORAS S...
22/06/2025

Realizando abogacía con con grecista Ruth Luque para su apoyo para DEROGAR el D.S. No 005-2025, TODAS LAS TRABAJADORAS SOCIALES JNIDAS EN TODO EL PERÚ DEFENDIENDO LA PROFESION

Huacho presente en la Marcha del 18-06-2025 . Exigiendo la Derogatoria del D. S. 005-2025 .TR. QUE ATENTA CONTRA LA PROF...
22/06/2025

Huacho presente en la Marcha del 18-06-2025 . Exigiendo la Derogatoria del D. S. 005-2025 .TR. QUE ATENTA CONTRA LA PROFESION DE TRABAJO SOCIAL Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

21/06/2025

En todo nuestro país juntos sur,centro y norte se levantaron las voces de las Trabajadores Sociales por la derogancion inmediata del D.S. 005-2025-TR. Donde concluyen las trabajadores sociales no son indispensables en una empresa privada. EL Bienestar Social es derecho de los Trabajadores.

18/06/2025

Trabajo Social Dignidad ! estaremos en el Planton por la Derogatoria del D.S. 005 -2025 . Hoy dia 18 de Junio 10:00 am frontis del Ministerio de Trabajo
Trabajo Social Unidas en la lucha por la reividicaciones de nuestra Profesion.!Viva Trabajo Social!

08/05/2025

Colegas trabajadores sociales del Perú, por favor estén atentos a las elecciones en sus regiones , debemos renovar a las autoridades de cada colegio regional pata que pueda haber una nueva Decan@ Nacional. LAS ELECCIONES ES EL UNICO CAMINO LEGAL. POR LA UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL .

De nuestra especial Consideración:Es grato dirigirnos a usted, para hacerle llegar un atento y cordial saludo a nombre d...
10/03/2025

De nuestra especial Consideración:
Es grato dirigirnos a usted, para hacerle llegar un atento y cordial saludo a nombre del Colegio de Trabajadores Sociales del Perú.
La presente es para INVITAR a participar en el Curso EXAMEN SERUMS I-2025 TRABAJO SOCIAL.
🗓Fecha: INICIO 10 DE MARZO DEL 2025
⏰Horario: 18:00 a 21:00 horas
INGRESO LIBRE PREVIA LINK INSCRIPCIÓN: https://forms.gle/Dz4s5xGL9G96jcq5A
📌Plataforma: Google Meet

13/07/2024
30/04/2024

Colegas, hoy saludamos el 87° aniversario de la conmemoración de la efemérides histórica en nuestro país relacionada a la institucionalización de nuestra profesión de Trabajo Social, la creación de la Primera Escuela de Servicio Social del Perú; y la obligatoriedad de incorporar a una profesional de Trabajo Social en los Centros Industriales con más de 100 Trabajadores; realizada mediante Ley 8530 promulgada el 30 de Abril de 1937 por el Presidente de la Republica Gral. Oscar R. Benavides.
Saludamos los esfuerzos de las diferentes generaciones de Asistentes Sociales y Trabajadores Sociales en el fortalecimiento y desarrollo de los diferentes estamentos del Trabajo Social realizados, sea desde la academia, el ejercicio profesional y gremial. Nos une y nos convoca el afianzamiento del compromiso ético del Trabajo Social para seguir construyendo un mundo mejor donde prime el buen vivir y

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Calle Amalia Puga De Lozada 176 San Miguel
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